ESTATUTOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 . - Denominación. Con la denominación ADECUA (Asociación para el desarrollo y la Esperanza de las Culturas Africanas) se constituye una asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro. En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la citada Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y las disposiciones complementarias de desarrollo. (La denominación deberá respetar los requisitos y límites previstos en el artículo 8 de la LO 1/2002 y en los artículos 22 y 23 del Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones , aprobado por RD 949/2015, de 23 de octubre). Artículo 2. - Duración. Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido. Artículo 3 . - Fines. La Asociación tiene como fin...